Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) – Política de Nuevas Alternativas Significativas (SNAP).
La Política de Nuevas Alternativas Significativas (SNAP) - Refrigeración y Aire Acondicionado de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) es un programa destinado a evaluar y regular sustancias que agotan la capa de ozono en diversos sectores y aplicaciones. Siguiendo el Protocolo de Montreal, el uso de CFCs está prohibido desde 1989. Además, el Protocolo de Kioto declaró la reducción de HCFCs en 1997. El programa SNAP forma parte del Plan de Acción Climática y toma decisiones basadas en una comprensión general de los impactos ambientales y en la salud humana, así como en el conocimiento actual sobre los sustitutos disponibles. Parte de la política también es la obligación de prohibir el uso de un sustituto cuando la EPA haya encontrado un reemplazo adecuado.
El programa SNAP está diseñado para:
- Identificar y evaluar sustitutos en usos finales que históricamente han utilizado sustancias que agotan la capa de ozono (SAO);
- Evaluar el riesgo general para la salud humana y el medio ambiente de sustitutos existentes y nuevos;
- Publicar listas de sustitutos aceptables e inaceptables según el uso final;
- Promover el uso de sustitutos aceptables; y
- Proporcionar al público información sobre los posibles impactos ambientales y en la salud humana de los sustitutos.
(Fuente: Agencia de Protección del Medio Ambiente)
El programa SNAP dio un paso esencial para reducir el riesgo para la salud humana y el medio ambiente al actualizar la lista de usos finales afectados. Un avance importante para la industria fue la inclusión del hidrocarburo inflamable propano (R290) en la lista de refrigerantes aceptables para varias aplicaciones, como máquinas automáticas comerciales de hielo, enfriadores de agua y equipos de refrigeración de temperatura ultra baja. Además, la EPA eximió al propano de la prohibición de liberación bajo la sección 608 de la Ley de Aire Limpio (CAA), confirmando que el propano no representa una amenaza para el medio ambiente debido a que el impacto del R290 en la calidad del aire es relativamente mínimo. Incluso en un escenario peor, el propano no tiene un impacto general mayor en la salud humana y el medio ambiente en comparación con otros refrigerantes listados como aceptables para máquinas de hielo comerciales, enfriadores de agua y equipos de refrigeración de temperatura ultra baja.
La EPA revisa regularmente los sustitutos en cuanto a riesgos ambientales y de salud. Se clasifican como aceptables, inaceptables o aceptables bajo ciertas condiciones de uso. Un sustituto se considera inaceptable si existe otro disponible o potencialmente disponible. Se publica una lista de sustitutos por sector en:
www.epa.gov/snap/snap-substitutes-sector.
Propileno y R-443A siguen listados como inaceptables.
La EPA clasificó el propileno (R-1270) así como el refrigerante mezclado R-443A como alternativas inaceptables para nuevos almacenes de almacenamiento en frío donde la fuga de sistemas de refrigeración es un problema importante. La razón de esta clasificación no está relacionada ni con el agotamiento del ozono ni con su potencial de calentamiento global. Además de estos dos factores, la EPA evalúa también los impactos potenciales del propileno y de los tres componentes del R-443A sobre la calidad del aire local. La reactividad fotoquímica del propileno, que también es uno de los tres componentes del R-443A, es mucho mayor que la de los otros dos hidrocarburos. Esto significa que el propileno, como molécula insaturada, es significativamente más reactivo en la atmósfera que el propano, por ejemplo.
Ley de Innovación y Manufactura Americana (AIM).
La Ley AIM, en vigor desde diciembre de 2020, autoriza a la EPA a gestionar, reducir y restringir el uso de HFCs, gases de efecto invernadero altamente potentes, en el mercado estadounidense. La Ley AIM implica una reducción del 85% en la producción y consumo de HFCs de alto potencial de calentamiento global (GWP) para 2036 comparado con la base de 2022:
- Enero 2022: reducción del 10%
- Enero 2024: reducción del 40%
- Enero 2029: reducción del 70%
- Enero 2034: reducción del 80%
- Enero 2036: reducción final del 85%
Para lograr este objetivo, se han identificado tres áreas principales en las que la EPA debe enfocarse:
- Limitar y reducir la producción y consumo de HFCs (Programa de asignación de permisos);
- Gestionar los HFCs y sus sustitutos mediante regulaciones para controlar su uso y reutilización, minimizar emisiones y maximizar recuperación;
Facilitar la transición a tecnologías de próxima generación mediante restricciones sectoriales y limitar el uso de HFCs en sectores específicos donde existan o pronto existan sustitutos de menor GWP (Programa de Transición Tecnológica).
Los hidrofluorocarbonos (HFCs) son gases de efecto invernadero usados en muchas industrias y aplicaciones, como refrigeración, aire acondicionado, construcción, sistemas de extinción de incendios, espumas y aerosoles. El potencial de calentamiento global (GWP) de los HFCs varía mucho dependiendo de la composición química.
La Regla Final para la reducción gradual de hidrofluorocarbonos, publicada por la EPA en octubre de 2023, establece asignaciones y restringe el uso, venta, instalación, distribución, exportación e importación de HFCs de alto GWP en productos y equipos nuevos de aerosol, espuma, refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor. También restringe el comercio de productos de alto GWP tres años después de la entrada en vigor de la restricción. Las restricciones no aplican a productos y sistemas existentes en uso ni al comercio de componentes para reparar sistemas existentes.
El Programa de Transición Tecnológica estableció un límite máximo de GWP para HFCs o sus mezclas permitidas. Para algunos subsectores, la EPA listó HFCs o mezclas específicas con uso restringido. Las fechas de cumplimiento y límites de GWP varían según producto, sistema, sector y subsector, comenzando en enero de 2025 y terminando en enero de 2028. Un producto se considera funcional al salir de fábrica y un sistema se arma con varios componentes y se carga en sitio.
Fechas de cumplimiento y límites de GWP para nuevos sistemas autónomos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor para productos seleccionados:
Enero de 2025:
- Aire acondicionado residencial y comercial ligero estacionario, bombas de calor, GWP 700
- Refrigeradores y congeladores domésticos, GWP 150
- Máquinas expendedoras, GWP 150
- Refrigeración de alimentos para comercio minorista – unidades autónomas, GWP 150
- Aire acondicionado para vehículos – vehículos ligeros, GWP 150, Modelo año 2025, y no antes de un año tras publicación en el Registro Federal
- Transporte refrigerado - productos autónomos de carretera y marinos, sustancias prohibidas R-402A, R-402B, R-404A, R-407B, R-408A, R-410B, R-417A, R-421A, R-421B, R-422A, R-422B, R-422C, R-422D, R-424A, R-428A, R-434A, R-438A, R-507A, R-125/290/134a/600a (55/1/42.5/1.5), RS-44 (formulación de 2003), GHG-X5
Enero de 2026:
- Máquinas automáticas comerciales de hielo autónomas, GWP 150
Enero de 2027:
- Centros de datos, aire acondicionado para salas de computación, enfriamiento de equipos tecnológicos, GWP 700
- Procesamiento y dispensación refrigerada de alimentos al por menor con menos de 500 g de refrigerante, GWP 150
- Procesamiento y dispensación refrigerada con más de 500 g de refrigerante, sustancias prohibidas listadas
- Máquinas automáticas comerciales de hielo tipo lote y continuo con ciertas tasas de producción, sustancias prohibidas listadas en la nota 2
Enero de 2028:
- Aire acondicionado para vehículos – vehículos medianos y pesados, GWP 150, Modelo año 2028
- Procesamiento y dispensación refrigerada de alimentos al por menor – fabricantes de helados dentro del alcance UL621 edición 7, sustancias prohibidas listadas en la nota 1
Nota 1: R-402A, R-402B, R-404A, R-407A, R-407B, R-407C, R-407F, R-407H, R-408A, R-410A, R-410B, R-411A, R-411B, R-417A, R-417C, R-420A, R-421A, R-421B, R-422A, R-422B, R-422C, R-422D, R-424A, R-426A, R-427A, R-428A, R-434A, R-437A, R-438A, R-507A, HFC-134a, HFC-227ea, R-125/290/134a/600a (55/1/42.5/1.5), RB-276, RS24 (formulación 2002), RS-44 (formulación 2003), GHG-X5, Freeze 12
Nota 2: R-402A, R-402B, R-404A, R-407A, R-407B, R-407C, R-407F, R-408A, R-410A, R-410B, R-411A, R-411B, R-417A, R-417C, R-420A, R-421A, R-421B, R-422A, R-422B, R-422C, R-422D, R-424A, R-426A, R-428A, R-434A, R-437A, R-438A, R-442A, R-507, R-507A, HFC134a, R-125/290/134a/600a (55/1/42.5/1.5), RB-276, RS-24 (formulación 2002), RS-44 (formulación 2003), GHG-X5, G2018C, Freeze 12
Para apoyar el cumplimiento, todos los productos y componentes nuevos que usen HFCs de alto GWP deben ser etiquetados y reportados a la EPA. La etiqueta debe incluir el nombre del HFC o mezcla, fecha o año de fabricación y la capacidad de carga del refrigerante. En máquinas automáticas comerciales de hielo debe indicarse la tasa de producción.
Como ley federal, la Ley AIM aplica en todos los estados de EE.UU. Además de la legislación federal, algunos estados han implementado regulaciones propias más estrictas que las de EPA SNAP.
UL60335-2-89
Esta norma especifica requisitos de seguridad para el diseño, construcción y desempeño de aparatos comerciales, incluyendo seguridad eléctrica, mecánica y térmica. Los aparatos comerciales cubren almacenamiento y exhibición de alimentos y bebidas en restaurantes, tiendas de conveniencia, o máquinas de hielo. Cumplir con estas normas asegura uso seguro y previene accidentes.
En octubre de 2021, Underwriters Laboratory (UL) publicó la segunda edición de la norma UL60335-2-89 con límites mayores para cargas de refrigerantes A3 (hidrocarburos) y A2L, ampliando su uso en aplicaciones comerciales. El límite previo era 150 g. La carga máxima permitida depende del tipo y diseño del producto.
Para aparatos abiertos sin puertas, la carga aumentó a 13 veces el LFL, equivalente a 500 g de R290, y para aparatos cerrados con puertas o cajones a 8 veces LFL, es decir 300 g de R290.
Para refrigerantes A2L, permitidos o propuestos en condiciones específicas, existen varios como R32, R1234yf, R454A, R454B, R454C, R455A, R516A, R1234ze(E). El límite máximo debe calcularse según características del refrigerante y diseño del equipo (abierto o cerrado).
Con el aumento de carga, se definieron requisitos específicos para el uso seguro de refrigerantes inflamables: diseño que prevenga fugas, materiales resistentes a corrosión, construcción de uniones, detectores de fugas, ventilación adecuada, control de fuentes de ignición, uso de características de seguridad, cubiertas retardantes de llama, o componentes sin chispa. Los equipos deben estar etiquetados con tipo y carga de refrigerante y advertencias de seguridad.
La segunda edición de UL60335-2-89, basada en la norma internacional IEC60335-2-89:2019, cubre cambios del mercado y facilita acceso global. Para armonizar, normas para refrigeración comercial y máquinas de hielo serán reemplazadas por UL60335-2-89:
- UL412 - Enfriadores de unidad de refrigeración
- UL471 - Equipos comerciales de refrigeración con límite de 150g A3 y 500g A2L
- UL427 - Unidades de refrigeración
- UL563 – Máquinas de hielo
- UL1995 – Equipos de calefacción y refrigeración
- CSA c22.2 No. 120 – Equipos de refrigeración
Esto significa que, después del 29 de septiembre de 2024, todos los equipos nuevos cubiertos por estas normas deberán cumplir y certificarse bajo UL60335-2-89.
Las certificaciones basadas en normas anteriores seguirán válidas hasta la próxima reevaluación técnica, que deberá cumplir UL60335-2-89.
La implementación de aparatos con cargas mayores de refrigerantes inflamables en EE.UU. y Canadá debe seguir regulaciones y políticas como EPA SNAP, ASHRAE 15, o códigos estatales y locales, que deben aprobar e incorporar las actualizaciones de UL60335-2-89 y el uso de refrigerantes inflamables.